¿Qué es la Verificación Vinculante de las Obligaciones de Transparencia y Acceso a la información Pública?

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales informó que a partir del 2 de mayo y hasta el 30 de noviembre arrancará la primera Verificación de las Obligaciones de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Este proceso examinará a 873 sujetos obligados del orden federal.

La finalidad de estas acciones es comprobar que los sujetos evaluados cumplan con la publicación de la información en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) y en sus sitios web. Los datos deben estar actualizados en el formato establecido hasta el primer trimestre del año 2018.

Los partidos políticos también tendrán que participar en el ejercicio de transparencia, cumpliendo con 33 de los 48 generales y 30 específicas. Por su parte, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP) declara que aunque sea época electoral, este proceso debe cumplirse. Al ser una obligación, las publicaciones de transparencia deberán realizarse sin ningún contratiempo.

La verificación vinculante responde a los artículos 70 a 82 de la LGTAIP, que establece 48 obligaciones de transparencia generales y 122 específicas, que deben cumplir los sujetos obligados.

Aquí te decimos cuáles son las obligaciones de transparencia:

Concesiones, contratos, convenios, información financiera sobre el presupuesto asignado, gastos destinados a comunicación social, informes y resultados de auditorías; gastos de representación y viáticos, entre otras.

Por otro lado, las obligaciones específicas se relacionan con los planes de desarrollo urbano, el listado de expropiaciones decretadas y la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales.

Los candidatos independientes también tienen la obligación de incluir las obligaciones de transparencia y de protección de datos en su labor pública.

Conoce más al respecto en el siguiente documento:

 

¿Qué tan grave puede llegar a ser la impunidad administrativa en México?

Los números son impactantes, entre 2012 y 2016, la Secretaría de la Función Pública (SFP) emitió 45 mil 108 sanciones contra servidores públicos, por malos manejos administrativos; sin embargo, sólo aplicó apenas el 13% de ellas, pero lo peor es que ni el 1% resultó en destitución del funcionario o en una sanción económica.

El grado de impunidad en México es altísimo, estadísticamente 8 de cada 100 denuncias concluyen en sanciones, lo cual significa un nivel de impunidad de 92.2%… ¡Altísimo! Y a todo esto hay que sumarle que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa anula 41.8% de las denuncias emitidas por la SFP.

Por ello, en el 2015 se creó el Sistema Nacional de Anticorrupción (SNA) para combatir los delitos de corrupción en la administración pública. De este sistema se deriva la Ley General de Responsabilidades Administrativas, la cual se encarga de establecer las conductas de los servidores públicos en todos su niveles.

A pesar de las medidas reglamentarias, en términos generales, México es considerado como uno de los países con mayor impunidad en Latinoamérica, a nivel mundial ocupa la cuarta posición con una calificación de 69.84.

La larga lista de impunidad en servidores públicos de alto y bajo rango

El caso más reciente de impunidad lo tiene la Sedesol, la cual en la última  etapa de la Fiscalización de la Cuenta Pública recibió varias observaciones por desvíos de recursos y enriquecimiento ilícito. A pesar de enfrentar denuncias penales por cifras millonarias mantuvo evidente participación en la Estafa Maestra, y la SFP le dio carpetazo al caso.

No obstante, hace poco la SFP declaró que tenían a un presunto responsable de que no se le diera seguimiento a las denuncias, mientras que Rosario Robles, así como muchos otros funcionarios de alto rango salieran bien librados por malversación de fondos.

Aunque la SFP no quiso revelar el nombre del responsable, se sabe que se trata de Mauricio Razo, quien se desempeñó como titular del Área de Quejas del Órgano Interno de Control (OIC) en la Sedesol.

Aún cuando uno de los temas centrales durante las Elecciones 2018 es el combate a la corrupción y la impunidad, en todos sus niveles, y las medidas extremas para regular la conducta de los servidores públicos, el panorama no se ve nada alentador para nuestro país.

Sagarpa y su programa millonario de Productividad y Competitividad Agroalimentaria

Con 193 acusaciones por corrupción, Sagarpa se encuentra en la mira y se perfila como uno de los grandes favoritos de la Auditoría Superior de la Federación (ASF), tanto así que se postula como una de las instituciones más denunciadas por el organismo.

En los últimos 5 años, se detectaron movimientos irregulares, como proveedores o beneficiarios desaparecidos, que evidencian claramente actos ilícitos en los programas de investigación y desarrollo de la institución. Por ello, la ASF decidió llevar a cabo ejercicios de auditorías forenses para profundizar en la gestión financiera de la Secretaría.

Objetivo de la auditoría forense 15-0-08100-12-0340

Pero, ¿cuál es el propósito de la revisión al Programa de Productividad y Competitividad Agroalimentaria de Sagarpa? Fundamentalmente es verificar que los recursos asignados se hayan utilizado conforme a las disposiciones legales.

Para esto, se decidió auditar el 67.6% del universo de recursos, el cual representa un total de $357,701, mismos que se encuentran relacionados con 24 convenios para la ejecución de proyectos de adquisiciones y servicios, distribuidos entre la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) y los beneficiarios.

El objetivo principal era unificar los recursos, en donde las Instituciones Académicas, Sociedades Civiles y empresas privadas (proveedores) apoyarían a Sagarpa en la realización de 59 proyectos, los cuales beneficiarían a 29 personas físicas y 30 personas morales, como se detalla en el siguiente documento:

El motivo de la auditoría forense a Sagarpa

La razón por la cual se realizó la auditoría, fue debido al incremento en el ejercicio del presupuesto, el cual ascendió a $101,092. Se calcula un importe de $328,774.5, derivados del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública; por ello, se decretó la revisión de dicho programa.

Y… ¿cuál es el resultado? Una maraña de inconsistencias millonarias. Del  Programa de Productividad y Competitividad Agroalimentaria: Componente Productividad Agroalimentaria se detectaron 50 beneficiarios que recibieron pagos millonarios; el más grande asciende a 20 millones de pesos.

En enero y octubre de 2016, Sagarpa publicó cinco convocatorias de licitaciones para participar en proyectos que involucran actividades de investigación, sistemas de información, asistencia técnica y capacitación.

Por mera coincidencia, la Universidad de Zacatecas resultó ser apta para realizar dichas actividades; sin embargo, al parecer, la institución educativa jamás desempeñó ninguna acción. Todo lo contrario, se utilizó a la universidad para eludir los controles de licitación y así, desviar por debajo los recursos a 36 beneficiarios.

La cosa no queda ahí, se involucró de forma indirecta a empresas que ni siquiera estaban capacitadas para cumplir con las acciones pactadas en las licitaciones, incluso se transfirieron los servicios a empresas y personas que no tenían nada que ver con el perfil de un especialista en desarrollo rural o agropecuario.

El más claro ejemplo es la la empresa Productores Unidos de Montes de Oca, S.C. de R.L. de C.V., la cual negó su actividad en el proyecto, pues se dedica al cultivo de cítricos y no cumple con la infraestructura para desarrollar lo que demanda Sagarpa en su iniciativa.

El colmo fue cuando la auditoría descubrió que los proyectos encomendados a la Universidad de Zacatecas no eran propios de Sagarpa, sino que el contenido era plagio, ya que en muchos de sus párrafos había copy-paste de páginas como Wikipedia, Monografías y Buenas Tareas.

La ASF recrimina totalmente el delito de fraude al rector de la Universidad de Zacatecas y a los directivos de Sagarpa. Por esta razón, quien resulte culpable tendrá que enfrentar una denuncia penal  por un daño al erario de 219 millones de pesos.

Se elimina fuero al Presidente de la República y a todos los servidores públicos

Por increíble que parezca, la Cámara de Diputados decidió eliminar el fuero al Presidente de la República y a todos los servidores públicos, los cuales podrán ser sujetos a juicio político; además, nadie podrá ser sancionado con cárcel por motivos de difamación, calumnias e injurias.

Esta iniciativa fue aprobada con 370 votos a favor y turnada al Senado de la República.

Si el Senado aprueba sin modificaciones la propuesta, se pasará a los congresos estatales. Por tratarse de una reforma constitucional, se necesitará la aprobación de la mayoría de estas legislaturas. Esta iniciativa reformará los artículos 17, 61, 74, 108, 110, 111, 112 y 114 de la Constitución Política.

Pero, ¿qué pasaría si algún funcionario o el mismo Presidente de la República viola las leyes establecidas en la Constitución? Podrán ser sometidos directo a juicio político, sin la necesidad de emitir un proceso de desafuero.

La reforma también podrá ser aplicada en integrantes de organismos autónomos de las Secretarías del Gabinete, de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo, del Sistema Anticorrupción, de los organismos descentralizados y fideicomisos públicos.

Este hecho histórico responde a la constante demanda de los ciudadanos, pues el fuero político muchas veces se ha utilizado como instrumento de impunidad, a lo largo de los años. Sin embargo, a pesar de que la Cámara de diputados aprobó la propuesta como parte de su deuda política, lamentablemente esta acción no compensa la larga trayectoria de corrupción y tráfico de influencias.

 

 

Quizá eliminar el fuero político no es la solución a los problemas de corrupción

La Cámara de Diputados apoya la eliminación del fuero constitucional al Presidente de la República y a los Servidores Públicos que gocen de la virtud, así como los Secretarios de Estado, los miembros del Congreso y los ministros de la Suprema Corte, entre otros funcionarios que cuenten con esta inmunidad.

El peso de esta propuesta es más que nada para atender una demanda social que una iniciativa política. También, se relaciona con la temporalidad del cambio de administración y la entrada de la época electoral; pues como es costumbre, muchos retoman la causa como parte de sus acciones principales al llegar al poder.

En nuestra Constitución no existen algo que regule como tal el beneficio del fuero; aún así, los artículos 38, 110, 111, 112 y 114 argumentan sus condiciones, mismos que tendrán que ser reformados si la iniciativa es aprobada.

Marko Cortés, Presidente de la Junta de Coordinación Política, solicitará un planteamiento que regule el proceso de acusación de un Servidor Público, el cual, durante la investigación, podrá seguir ejerciendo su cargo y al recibir sentencia, concluirá su actividad política. Una vez que la reforma sea aceptada de su lado, se enviará al Senado antes de que termine el período ordinario de sesiones.

Más allá de que este proyecto tenga el visto bueno del Senado de la República, los candidatos a la presidencia prometen la eliminación del fuero como parte de su estrategia clave para el combate de la corrupción, tanto así que uno que otro ya se postula como el primer presidente libre de este beneficio.

Sin embargo, si se elimina el fuero político ¿qué tanto ayudará  a combatir la corrupción ?

Sin lugar a dudas el mayor alimento de la corrupción es la impunidad. Muchas de las sanciones penales que deben enfrentar los altos mandos son absueltas, incluso antes de llegar a los juzgados. Para muestra está el reciente carpetazo a los desvíos de Sedesol, registrados durante el período en que fue tutelar Rosario Robles.

Además, el mismo gobierno federal, enfrentó desvíos millonarios registrados en el Informe de la Cuenta Pública 2013 y 2014, hechos que no se han aclarado como lo demanda la ley, siendo que los presuntos responsables siguen gozando de su libertad.

También, la causa del enriquecimiento ilícito se aqueja al tráfico de influencias derivas del privilegio del fuero, factor que no ha querido ser erradicado para evitar que el Presidente de la República forme parte del ejercicio de rendición de cuentas por la comisión de actos ilícitos.

La intención de reformar los beneficios del fuero está desde el 2013; no obstante, cuando llegó la propuesta al Senado, no tuvo su aprobación debido a que el Presidente mantenía los derechos de inmunidad.

El proyecto de modificar este tipo de facultades, notablemente se pone de moda justo en tiempos electorales para sumar simpatizantes; sin embargo, el fuero es una concesión que en un principio se brindó para proteger a las personas que tenían un idea de gobierno diferente a la del mandatario en turno, es decir, se estableció como muestra de apoyo a la libertad de expresión, cosa que hoy en día no aplica esa función y al contrario, es más una cuestión de impunidad.

 

Empresas fantasma y falsas licitaciones: daño histórico al erario

Desvíos millonarios de los recursos federales, contratos apócrifos a empresas fantasmas que no contaban con la infraestructura o nivel de servicio para realizar las actividades por las cuales fueron contratadas; todo esto se detectó en el último informe de la Fiscalización de la Cuenta Pública 2016.

Otro de los problemas detectados fueron las triangulaciones con universidades públicas, quienes se encargaron de la contratación de las supuestas empresas, para que el gobierno federal no fuera acusado directamente de fraude.

Según la Auditoría Superior de la Federación, del 2013 al 2016, la suma que falta por aclarar asciende a 235 mil 264 millones de pesos. Aunado a esto, se acumularon 895 denuncias de hecho por desvíos de recursos federales.

Incluso, en este último período la acumulación de pliegos de observaciones es de 9 mil 342, mientras que del 2007 al 2012, se obtuvieron 7 mil 845.

Y la pregunta es… ¿Qué pasará con los servidores públicos responsables?

Seguramente nada. No es novedad que los verdaderos autores de los delitos salgan impunes. Pero, ojo, de cualquier forma, alguien pagará por la corrupción de otro; quien tendrá que solventar un pliego de observaciones seguramente será un servidor público que nunca actúo con dolo, sino por ignorancia o extorsión.

Obtener una licitación pública no es cualquier cosa, hay todo un proceso para que una empresa pueda ser seleccionada.

Proceso para que una empresa gane una licitación pública

Etapas

– Difusión

Publicación en prensa de la convocatoria.

Aviso de la convocatoria a empresas interesadas en participar en el proceso.

– Etapa aclaratoria

Durante este lapso, se da la información necesaria para disipar cualquier duda sobre la licitación; ésta puede proveerse en reuniones programadas o visitas guiadas.

– Precalificación

Se recibe toda la documentación solicitada para formalizar la participación. Es aquí cuando la empresa debe comprobar su valor legal y financiero. Por último, es necesario cerciorarse que cumpla con la infraestructura para lograr las actividades por las que será contratado.

– Calificación de propuestas

Las ofertas que fueron precalificadas serán evaluadas.  Finalmente, se emitirá un informe de Recomendación y Buena Pro.

– Otorgamiento de Buena Pro

Se notifica a las empresas los resultados finales; quienes obtengan la Buena Pro podrán firmar los contratos correspondientes que los respalde como proveedor de un bien o servicio.

 

A pesar de los procedimientos que se demandan para que una empresa obtenga un contrato público, el gobierno federal gastó mil millones de pesos en empresas fantasmas. Muchas de estas empresas están ligadas a políticos de partidos del PRI y del PRD, y hasta un miembro de la CNTE.

Con todo esto, el daño al erario supera por mucho los informes de años anteriores, por ello no es de extrañarse que México haya caído 6 lugares en el Índice de Percepción de la Corrupción 2017.

 

Conoce los tipos de auditorías utilizadas para la fiscalización de la Cuenta Pública 2016

Antes de empezar, debemos saber que las normas profesionales de auditoría emitidas por la Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores, determinan tres modalidades de auditoría gubernamental: de cumplimiento, financiera y desempeño.

Si deseas consultar el informe entra aquí General Ejecutivo de la Cuenta Pública 2016.

Durante el proceso de fiscalización de la Cuenta Pública 2016, la ASF realizó dos tipos de revisiones, de cumplimiento y financieras, de las cuales se definen las siguientes características:

Auditoría de cumplimiento financiero

Esta auditoría supervisa la recaudación de recursos, su administración, el registro financiero y  la aplicación de los recursos aprobados por el Congreso.

De esta auditoría se despliegan las siguientes variedades:

  • Auditoría de inversiones físicas: Revisa las acciones de adquisición, el cumplimiento de los programas y obras públicas previstas (que cumplan con los objetivos de calidad y temporalidad), además de la inversión de los recursos financieros.
  • Auditoría forense: Aquí se realiza una investigación rigurosa y detallada para recabar pruebas y evidencias, las cuales solventen el hecho de un delito fiscal.
  • Auditorías de las tecnologías: Supervisa la adquisición, el uso y el aprovechamiento de softwares e infraestructura tecnológica.
  • Auditoría a los sistemas de control interno: Sirve para evaluar que los objetivos de las instituciones se alineen a las políticas y procesos previstos.
  • Auditorías al gasto federalizado: Fiscaliza la administración e inversión de los recursos; también, rectifica que los gastos hayan logrado las metas y objetivos planeados en los diferentes programas gubernamentales.
  • Auditoría de desempeño: Evalúa el desempeño en los programas gubernamentales, los beneficios sociales y económicos que brindan a la ciudadanía.  

A pesar de las actividades de prevención y supervisión, de la jornada de fiscalización de la cuenta pública 2016, la ASF registró en su informe preliminar desvíos millonarios de recursos, así como la destitución de 468 servidores públicos por delitos fiscales.

Las recuperaciones de la Cuenta Pública ascienden a 7 mil 896.9 millones de pesos; sin embargo, se espera que esa cantidad sea muchísimo mayor debido a que faltan Pliegos de Observaciones por solventar… ¿Cuánto más aumentará?

 

Nuevas facultades de la Auditoría Superior de la Federación

La reforma más reciente de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación (LFRCF), amplió las facultades auditables de la ASF, lo cual significa la incorporación de tres rubros sujetos a las fiscalización superior federal.

El primer rubro habla sobre las Participaciones Federales, donde la ASF puede revisar los siguientes elementos.

  • La aplicación de y cumplimientos de los objetivos de los programas financiados.
  • Ministración de los recursos.
  • El financiamiento, deudas y obligaciones e instrumentos financieros de las entidades federativas garantizados con Participaciones Federales.

El segundo rubro toca temas referentes a la Deuda Pública de las entidades federativas y municipios.

  • Términos, requisitos, justificaciones y condiciones financieras de deudas con garantía del Gobierno Federal.
  • El destino, monto y límites de acuerdo con las disposiciones jurídicas locales.
  • Lo establecido por los Congresos estatales y por la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y Municipios.

El tercer rubro nos hace referencia al Cumplimiento de la LDFEFM.

  • Vigilancia de las reglas de disciplina en la materia.
  • Contratación de financiamientos y cualquier otra observación.
  • Transparencia total de las obligaciones de pago en registro único correspondiente.

La ASF aprovechó la atribución de nuevas facultades previstas para profundizar sus investigaciones en los asuntos fiscales, financieros y bancarios de varias empresas y así, poder detectar irregularidades en su declaración de impuestos y en sus ingresos.

 

Auditoría forense como control de delitos fiscales

Lo primero que necesitamos saber es ¿qué es una Auditoría forense?  Se define como una medida de detección y control de fraudes fiscales, la cual identifica al presunto responsable y las acciones que llevó a cabo para cometer un delito.

Este proceso, además de utilizar métodos científicos para la recabación de pruebas, aplica conocimientos contables y de investigación financiera para luchar contra procesos ilícitos, empresas fantasmas y desvío de recursos.

Además de controlar delitos fiscales, también genera procesos de prevención y detección oportuna de acciones ilícitas. Pero, ¿en qué casos debe ponerse en práctica una auditoría forense?

  • Como  medida de prevención rutinaria cada cierto período.
  • Cuando existan denuncias o acusaciones en contra de servidores públicos, que involucren delitos de corrupción y desvíos de recursos.
  • Si se presentan conductas sospechosas por parte de los funcionarios.
  • Al manifestarse irregularidades en la contabilidad y administración de la institución pública.
  • En caso de que los programas gubernamentales previstos, presenten bajo rendimiento, nula actividad o no se considere que los objetivos formulados se estén cumpliendo.

¿Una auditoría forense tiene el mismo procedimiento que una auditoría tradicional?

Esta pregunta es muy recurrente, lo que podemos decir es que difiere en algunos elementos. Esta se lleva a cabo por un auditor forense, el cual expone los resultados directamente ante una autoridad de justicia competente.

Primero, comienza las labores de investigación y formula hipótesis sobre las acciones del delito:

  • Define la temporalidad del delito.
  • Localiza a los presuntos culpables y determina su modus operandi.
  • Calcula el valor total de la pérdida de recursos monetarios.
  • Establece medidas de prevención o un código de conducta.

Después, comienza con la recabación de evidencia adecuada que sostenga las imputaciones contra los  responsables, así como las pruebas de sus acciones durante el delito.

Si como servidor público o empresa debes enfrentar un proceso de auditoría, en DBS Consultoría te ayudamos, ya que implementamos acciones y estrategias que evitan sanciones que puedan dañar tu prestigio, o peor aún, tu patrimonio.

¿Cómo entender el informe de la cuenta pública 2016?

Primero comencemos diciendo que la Auditoría Superior de la Federación (ASF) es el órgano fiscalizador encargado de revisar la gestión de los recursos públicos federales; estos son detallados en los Informes Individuales de Auditoría y el Informe General Ejecutivo del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública.

Ahora sí, desde enero de 2017 se llevaron a cabo 1780 auditorías, las cuales fueron presentando sus resultados en tres etapas: la primer y segunda etapa en junio y octubre del año pasado y la tercera, en enero de este año.

Sin embargo, ¿cúal es el objetivo de este ejercicio?

El propósito de una auditoría pública es evaluar la administración de los recursos públicos, así como la eficiencia de los programa gubernamentales y el cumplimiento de ellos. Este ejercicio responde a la exigencia de rendición de cuentas y combate de la corrupción.

¿Cómo se lleva a cabo el Informe de la Cuenta Pública?

La ASF fiscaliza el uso de los recursos públicos federales, es decir, revisa las cuentas y los procesos de cada institución para generar documentos que le ayuden a medir el rendimiento y efectividad de los programas previstos.

Una institución puede tener dos tipos de auditorías: la que evalúa las acciones en la estrategia pública, y la otra que se dedica a verificar las inversiones de los recursos financieros.

¿Qué sucede cuando se dan a conocer los resultados de una Auditoría Pública?

Para poder responderlo, primero debemos visualizar el escenario. Una auditoría puede únicamente traer consigo recomendaciones y acciones preventivas, en el mejor de los casos.

No obstante, cuando el proceso de rendición de cuentas tiene como consecuencia un pliego de observaciones, el servidor público cuenta con 30 días hábiles para poder argumentar y comparecer el motivo de las faltas.

¿Qué pasa si después de comparecer, el dictamen es negativo?

El servidor público tendrá que enfrentar Responsabilidades Administrativas que derivan en consecuencias graves: la pérdida de patrimonio, sanciones laborales y económicas, procedimientos penales y la suspensión temporal o definitiva del cargo.

Al final de todo el procedimiento, es usual que la mayoría de los servidores públicos salgan sancionados, esto es en gran parte por la falta de profesionales legales especializados en este tipo de prácticas.

Por eso, es importante asesorarte correctamente.