La Secretaría de la Función Pública (SFP) ha emitido diversos instrumentos para dar a conocer reglas de integridad en el ejercicio de la función pública, ello en cumplimiento a las acciones ejecutivas instruidas por el Presidente de la República.
En el Diario Oficial de la Federación (DOF) se da a conocer el Código de Ética de los servidores públicos del Gobierno Federal compuesto por las Reglas de integridad en el ejercicio de la función pública y los lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos. Dicho Código estipula que las dependencias y entidades contarán con Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés, que propicien la integridad de los servidores públicos e implementen acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético.
Asimismo, señala que “cualquier persona puede hacer del conocimiento presuntos incumplimientos al Código de Ética, las Reglas de Integridad y el Código de Conducta y acudir ante algún comité para presentar una delación, acompañado del testimonio de un tercero. El comité podrá establecer medios electrónicos para la presentación de delaciones”.
Algunas conductas acreedoras a denuncia
- Nulo desempeño con legalidad, imparcialidad, objetividad, transparencia, certeza, cooperación, ética e integridad.
- Cualquier tipo de discriminación o trato de forma negligente.
- Hostigamiento o agresión a compañeros de trabajo o personal subordinado.
- El hecho de ocultar información y documentación gubernamental, con el fin de entorpecer las solicitudes de acceso a información pública.
- Recibir, solicitar o aceptar cualquier tipo de compensación, dádiva, obsequio o regalo en la gestión, así como otorgamiento de trámites y servicios.
- La obstrucción de la presentación de denuncias, acusaciones o delaciones sobre el uso indebido o derroche de recursos.
Comités por el fomento de la ética e integridad pública
Los Comités son órganos conformados por servidoras y servidores públicos de los distintos niveles jerárquicos de la dependencia o entidad en la que se constituyan, nominados y electos democráticamente por miembros del mismo organismo público.
Los Comités tendrán como objetivo el fomento de la ética y la integridad pública, ¿por qué? Porque es necesario lograr una mejora constante del clima y cultura organizacional de las dependencias y entidades, pues a consecuencia de ello, dicha mejora se materializará a través de las siguientes acciones permanentes:
- Difusión de los valores y principios.
- Capacitación en temas de ética, integridad y prevención de conflictos de intereses.
- Seguimiento y evaluación de la implementación y cumplimiento al Código de Conducta.
- Identificación, pronunciamiento, impulso y seguimiento a las acciones de mejora para la prevención de incumplimientos a los valores, principios y reglas de integridad.
- Emisión de opiniones y recomendaciones no vinculantes derivadas del conocimiento de denuncias, por actos presuntamente contrarios o violatorios del Código de Ética, Código de Conducta o Reglas de Integridad para el ejercicio de la Función Pública.
¿Cuáles son esas Reglas de integridad?
Actuación pública: El servidor público conduce su actuación con transparencia, honestidad, lealtad, cooperación, austeridad, sin ostentación y con una clara orientación al interés público.
Información pública: El servidor público conduce su actuación conforme al principio de transparencia y resguarda la documentación e información gubernamental que tiene bajo su responsabilidad.
Contrataciones públicas, licencias, permisos, autorización y concesiones: El servidor público participa en contrataciones públicas o en el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, se conduce con transparencia, imparcialidad y legalidad, orienta sus decisiones a las necesidades e intereses de la sociedad, y garantiza la mejores condiciones para el Estado.
Programas gubernamentales: El servidor público participa en el otorgamiento y operación de subsidios y apoyos de programas gubernamentales, garantiza que la entrega de estos beneficios se apegue a los principios de igualdad y no discriminación, legalidad, imparcialidad, transparencia y respeto.
Trámites y servicios: El servidor público participa en la prestación de trámites y en el otorgamiento de servicios, atiende a los usuarios de forma respetuosa, eficiente, oportuna, responsable e imparcial.
Recursos humanos: El servidor público que participa en procedimientos de recursos humanos, de planeación de estructuras o que desempeña en general un empleo, cargo, comisión o función, se apega a los principios de igualdad y no discriminación, legalidad, imparcialidad, transparencia y rendición de cuentas.
Administración de bienes muebles e inmuebles: El servidor público participa en procedimientos de baja, enajenación, transferencia o destrucción de bienes muebles o de administración de bienes inmuebles, administra los recursos con eficiencia, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que están destinados.
Procesos de evaluación: El servidor público participa en procesos de evaluación, se apega en todo momento a los principios de legalidad, imparcialidad y rendición de cuentas.
Control interno: El servidor público participa en procesos en materia de control interno, genera, obtiene, utiliza y comunica información suficiente, oportuna, confiable y de calidad, apegándose a los principios de legalidad, imparcialidad y rendición de cuentas.
Procedimiento administrativo: El servidor público participa en proceso administrativos, respeta las formalidades esenciales del procedimiento de denuncia y la garantía de audiencia conforme al principio de legalidad.
Desempeño permanente con integridad: El servidor público conduce su actuación con legalidad, imparcialidad, objetividad, transparencia, certeza, cooperación, ética e integridad.
Cooperación con integridad: El servidor público coopera con la dependencia o entidad en la que labora y con las instancias encargadas de velar por la observancia de los principios y valores intrínsecos a la función pública, en el fortalecimiento de la cultura ética y de servicio a la sociedad.
Comportamiento digno: El servidor público se conduce en forma digna sin proferir expresiones, adoptar comportamientos, usar lenguaje o realizar acciones de hostigamiento o acoso sexual, manteniendo para ello una actitud de respeto hacia las personas con las que tiene relación en la función pública.
Finalmente, hay que resaltar la relevancia de continuar impulsando políticas eficaces y de responsabilidad que promuevan, impulsen y difundan una cultura de integridad en la función pública, así como acciones permanentes que aseguren el comportamiento ético de los servidores públicos de la Administración Pública Federal.
Esto, sumado a los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que rigen la función pública. Tomando en cuenta la reforma en materia anticorrupción que incluye los principios legales de objetividad, profesionalismo, eficacia, equidad, transparencia, economía, integridad, competencia por mérito, disciplina y rendición de cuentas.